Mediante la Resolución General ARCA 5806/2025, se dispuso la extensión de la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la aplicación de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud.
Plazo de la prórroga
La suspensión se extiende hasta el 31 de julio de 2026, otorgando un nuevo período de alivio fiscal a los sectores alcanzados.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Podrán acceder a esta suspensión las entidades sin fines de lucro que se encuentren debidamente registradas ante ARCA al 23 de diciembre de 2025, bajo las formas jurídicas reconocidas por la normativa vigente.
Asimismo, el beneficio alcanza a los contribuyentes comprendidos dentro del sector salud.
Alcance de la medida
La prórroga implica que ARCA no iniciará juicios de ejecución fiscal ni aplicará medidas cautelares durante el plazo establecido.
No obstante, se aclara que la suspensión no impide la intervención del organismo en situaciones excepcionales.
Excepciones previstas
ARCA podrá avanzar con acciones cuando exista una grave afectación de los intereses fiscales, riesgo de prescripción o caducidad de instancia.
Importancia para las entidades alcanzadas
Esta medida permite a las entidades sin fines de lucro y al sector salud contar con mayor previsibilidad financiera, evitando procesos judiciales que podrían comprometer su funcionamiento.
Resulta fundamental aprovechar este período para regularizar situaciones fiscales pendientes con asesoramiento profesional.